POLICÍA INTERVIENE A CONDUCTOR EN APARENTE ESTADO DE EBRIEDAD

Al proceder a la intervención, el chofer de este vehículo fue identificado como Isidro Grimaldo Yataco (46), y al solicitarle los documentos correspondientes, tales como licencia de conducir, SOAT y tarjeta de identificación vehicular, carecía del primero de los nombrados.
En ese instante de la entrevista, la policía percibió que la persona intervenida se encontraba en aparente signos de ebriedad.
Por haber incurrido en estas faltas al Reglamento Nacional de Tránsito, el conductor intervenido fue puesto a disposición de la División Policial Chincha, a fin de proseguir con las investigaciones de acuerdo a ley.
el problema es que la policia no aplica las sanciones que estipula el reglamento y actua de manera indebida al hacer una "llamada la atencion" cuando se comete una falta. Ellos (la policia) no tiene competencia legal para hacer una "llamada de atencion", su obligacion y responsabilidad es aplicar la multa si el conductor cometio una infraccion que esta prevista en el reglamento de transito. ¿cuando lo haran?, ¿que hara el jefe policial para supervisar que el policia cumpla con su labor de aplicar la ley?
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