EN UN TREMENDO LÍO LEGAL SE HABRÍA METIDO EL ALCALDE DE SUNAMPE

En el primer artículo de la resolución de alcaldía 1601-2014 se puede leer APROBAR, la delegación de facultades con expresa e inequívoca mención y bajo estricta responsabilidad, las atribuciones administrativas y resolutivas a la Gerencia Municipal, a fin de que los procedimientos administrativos se adecuen a las necesidades actuales para un cabal desempeño eficiente y eficaz de la Municipalidad Distrital de Sunampe, provincia de Chincha, departamento de Ica.
Y es que Grimaldi Moyano no ha cumplido con la normatividad que señala que un alcalde distrital que pretenda la alcaldía provincial deberá solicitar licencia, éste deberá solicitar al JNE la acreditación del primer regidor accesitario para que complete, temporalmente el número legal del concejo municipal.
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