EL 2 DE ENERO 2015 HA SIDO DECLARADO NO LABORABLE

A través del DS N° 073-2014-PCM, el gobierno que preside Ollanta Humala Tasso ha declarado el 2 de enero del 2015, Día no laborable, a nivel nacional, para los trabajadores del sector público y privado, decisión que tiene como objetivo promover el desarrollo de la actividad turística como un medio para contribuir al crecimiento económico y al desarrollo social del país, propiciando las condiciones más favorables para el desarrollo de la iniciativa priva-da, y la generación de empleo.

Se indica que para los fines tributarios dicho día, será considerado hábil.

Respecto a las compensaciones de horas dejadas de trabajar en el citado día no laborable, serán compensadas en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.

En tanto que en el sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y sus trabajadores se establecerá la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.

 Se indica en el artículo tercero de este Decreto que los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar a la comunidad, durante el día no laborable el citado día, la provisión de aquellos servicios que resulten indispensables.


Igualmente dispone que las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que realizan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, y vigilancia están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos del día no laborable declarado por el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a fin de garantizar los servicios a la comunidad.

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