APRUEBAN CADENA PERPETUA PARA SICARIOS
Pena mínima será de 25 años y no habrá beneficios
penitenciarios
Ayer se promulgó el
decreto legislativo que incorpora el delito de sicariato al Código Penal, luego que el
Poder Ejecutivo —en un intento por luchar contra la inseguridad ciudadana en
nuestro país— pidiera facultades legislativas al Congreso de la República.
Publicada en el diario
oficial El Peruano, la nueva norma define así el delito de sicariato: El que
mata a otro por orden, encargo o acuerdo, con el propósito de obtener para sí o
para otro un beneficio económico o de cualquier otra índole.
La
pena mínima para el autor de este delito es de 25 años (pena también aplicada
para quien ordena, encarga, acuerda o intermedia en el sicariato). La máxima,
en caso se haya usado a un menor de edad (o un inimputable) para cometer el
delito, será de cadena perpetua.
También aplica
cadena perpetua cuando las víctimas son más de dos personas o agentes del
orden, cuando se trate de parricidio o feminicidio. De igual forma, la misma
pena alcanzará a quienes utilicen armas de guerra.
La inclusión del
delito en el Código Penal también sanciona la conspiración y el ofrecimiento
para el sicariato, siendo la pena mínima de 5 y la mayor de 8 años. Es decir,
quien promueva, favorezca o facilite el sicariato y quien solicite y ofrezca.
El ministro de
Justicia, Gustavo Adrianzén,
dijo que este 28 de julio, en su mensaje a la Nación, Ollanta Humala anunciará los primeros decretos
legislativos sobre seguridad ciudadana.
“Tenemos
bastante confianza que con estas nuevas medidas vamos a tener una herramienta
muy persuasiva, el sicario lo va pensar dos veces, no habrá beneficios
penitenciarios, y por el contrario, habrá penas muy severas y una serie de
agravantes”,
afirmó.
El presidente de la
Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE) y alcalde distrital de Ate, Oscar
Benavides, refirió que los dispositivos normativos si bien no acabarán con ese
delito, si detendrán la impunidad con la que actúan los integrantes de las bandas
criminales.
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