DICTAN MEDIDAS PARA ATENCIÓN INMEDIATA EN EMERGENCIA POR LLUVIAS Y PELIGROS
Por Decreto de Urgencia N° 002-2017, el gobierno ha aprobado medidas
para la atención inmediata de actividades de emergencias ante la ocurrencia de
lluvias y peligro asociados, que se hayan producido hasta el 30 de abril del
2017 en zonas declaradas en estado de emergencias.
Se entiende por actividades de emergencias a intervenciones cortas y
temporales orientadas a brindar apoyo, protección y asistencia a la población
afectada.
Dichas actividades de emergencia no incluyen capacitación, asistencia
técnica, seguimiento, adquisición de vehículos, maquinarias y equipos,
remuneraciones o retribuciones, salvo cuando se trate de servicios de
terceros vinculadas directamente con la atención de la población frente a desastres.
Comentarios