DICTAN MEDIDAS PARA ATENCIÓN INMEDIATA EN EMERGENCIA POR LLUVIAS Y PELIGROS

Por Decreto de Urgencia N° 002-2017, el gobierno ha aprobado medidas para la atención inmediata de actividades de emergencias ante la ocurrencia de lluvias y peligro asociados, que se hayan producido hasta el 30 de abril del 2017 en zonas declaradas en estado de emergencias.
Se entiende por actividades de emergencias a intervenciones cortas y temporales orientadas a brindar apoyo, protección y asistencia a la población afectada.

Dichas actividades de emergencia no incluyen capacitación, asistencia técnica, seguimiento, adquisición de vehículos, maquinarias y equipos, remuneraciones o retribuciones, salvo  cuando se trate de servicios de terceros vinculadas directamente con la atención de la población frente a desastres.

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